La Corte de EE.UU. revoca la condena millonaria contra Argentina en el caso YPF

Compartir:

Un tribunal de apelaciones estadounidense anuló un fallo por más de 16.000 millones de dólares, aunque señaló que el Estado violó compromisos con los accionistas durante la expropiación de 2012.

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos revocó la condena contra la Argentina en el juicio por la expropiación de YPF, un giro que aleja una demanda millonaria pero deja en evidencia aspectos controvertidos del proceso.

El conflicto se originó en 2012, cuando el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner expropió el 51% de las acciones de YPF que estaban en manos de Repsol. En ese momento, el Estado decidió no cumplir con una cláusula del estatuto de la empresa, que obligaba a quien tomara el control a lanzar una oferta pública por el resto de las acciones. Esta regla, incorporada en los años 90 cuando YPF se privatizó y salió a cotizar internacionalmente, establecía un umbral específico del 49% para el Estado.

El entonces viceministro de Economía, Axel Kicillof, defendió públicamente la decisión de no realizar la oferta, argumentando que implicaría un costo mucho mayor. Este incumplimiento contractual fue el eje central de la demanda posterior.

Otro elemento que complejizó el caso fue la situación del Grupo Petersen, de la familia Eskenazi, que poseía una participación relevante en YPF. Su esquema de financiación, basado en los dividendos de la petrolera, colapsó cuando el Estado interrumpió esos pagos tras la expropiación. Las empresas del grupo entraron en default y en concurso en España, donde el fondo Burford Capital compró los derechos a litigar y construyó la demanda contra la Argentina.

El caso avanzó en tribunales de Nueva York porque YPF cotiza allí. En primera instancia, la condena superó los 16.000 millones de dólares, una cifra que representaba una amenaza significativa para las cuentas públicas argentinas.

El reciente fallo de la Cámara de Apelaciones revocó esa condena, al considerar que el reclamo no era viable ni como incumplimiento contractual bajo ley argentina ni como vía adecuada frente a un acto de expropiación. Sin embargo, los jueces reconocieron en su decisión que el Estado argentino violó de manera «flagrante» sus compromisos con los inversores, aunque esa violación no habilita el tipo de demanda presentada.

Así, mientras el fallo desactiva una obligación de pago millonaria, no altera el origen del conflicto ni la crítica central al procedimiento seguido durante la expropiación.

También puede interesarte

El impacto emocional de las rupturas amistosas y su abordaje desde la psicología

Análisis psicológico sobre por qué la pérdida de una amistad puede generar un duelo intenso, a menudo sin cierre social reconocido. Perspectivas de especialistas argentinos.

Un meteorito verde surcó el cielo nocturno de Estados Unidos

La NASA confirmó el avistamiento de un meteorito verde que surcó el cielo de California, Arizona y Nevada. Más de 200 testigos reportaron el fenómeno.

Natura designa a Christian Coone como gerente general para Argentina, Chile y Uruguay

Natura unifica la gestión de Argentina, Chile y Uruguay bajo Christian Coone. La reestructuración busca agilidad y mayor foco en el consumidor en el mercado de cosmética.

La ley de Florida que limita las políticas de inmigración en ciudades como Miami

Análisis de la ley SB 168 de Florida, que prohíbe las políticas santuario y obliga a las ciudades a cooperar con la inmigración federal. Contexto y alcance.